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Institucionales

PAMI: se esperan definiciones por el incremento de valores
Se aguarda que la mejora sea del mismo tenor que el incremento salarial de los trabajadores de los laboratorios bioquímicos

La Federación Bioquímica esperaba, al cierre de la presente edición de FABA Informa, una definición en torno a la mejora capitaria que debe disponer el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
En ese sentido, hay que señalar que la expectativa está depositada en que el tenor de la mejora sea igual al valor del incremento salarial que resultó de las paritarias con el gremio de la Sanidad para los trabajadores de los laboratorios de análisis clínicos (Convenio 108/75).
Ese aumento salarial se fijó en un 26 por ciento pagadero de la siguiente forma: 15% a partir de agosto y otro once por ciento desde diciembre próximo.
En este punto hay que recordar que la Federación Bioquímica de la Provincia de Buenos Aires tomó parte, por la representación patronal, de las paritarias que se llevaron a cabo en el Ministerio de Trabajo de la Nación con el gremio de la Sanidad, una participación que no será en forma directa, sino a través de CEDIM (Cámara de Entidades de Diagnóstico y Tratamiento Ambulatorio).
La participación de FABA en las paritarias ha sido prohibida hace años por la cartera laboral y apelada judicialmente sin éxito en varias instancias.
Hasta ahora, el PAMI siempre ha otorgado mejoras capitarias de porcentajes iguales a los del aumento de los sueldos de los trabajadores de los laboratorios, de modo que se espera que en esta ocasión se proceda de la misma manera, ya que de lo contrario traería aparejadas serias dificultades para que los bioquímicos pudiéramos hacer frente a los incrementos salariales.
Más allá de la mejora de la cápita que dispondrá el PAMI, también hay que recordar que la Federación Bioquímica ha abierto un canal de diálogo directo con el Instituto para seguir avanzando en la búsqueda de soluciones a otras problemáticas relacionadas con el funcionamiento efectivo del convenio prestacional denominado Modelo de Retribución Continuo.
Esas problemáticas, como ya se ha indicado, están representadas por los débitos que se vienen realizando por parte del Instituto, divergencias relacionadas con la transmisión de datos prestacionales, los valores de la Unidad Bioquímica, y la atención de los afiliados que no se encuentran dados de alta en el padrón, como aspectos principales.
Financiamiento
En otro orden, hay que señalar que se siguen planteando en distintas jurisdicciones, fallos judiciales que obligan a las obras sociales y empresas de medicina prepaga a incorporar prestaciones a sus beneficiarios sin que se arbitre forma alguna de disponer de la financiación extra que tales tratamientos demandan.
Pasa lo mismo con las nuevas legislaciones que las legislaturas provinciales y el Congreso de la Nación van sancionando, como es el caso paradigmático, tanto en el ámbito de la provincia de Buenos Aires como el de la Nación, de la instrumentación de la obligación de obras sociales y prepagas de reconocer los tratamientos de infertilidad, cuyo costo promedio es de 50.000 pesos.
Demás está decir que no se cuestiona en forma alguna la justicia y la necesidad de brindar esas y otras prestaciones a la población, pero lo que no se puede dejar de poner claramente de manifiesto es la necesidad de que se arbitren medios genuinos de financiación para las nuevas prestaciones que se van agregando al Programa Médico Obligatorio.
Persistir en este tipo de actitudes, por fines políticos presumiblemente, con toda seguridad y más temprano que tarde, traerá aparejada una profundización muy peligrosa de la financiación del sistema sanitario solidario. Tal vez sea peor el remedio que la enfermedad al cabo de un tiempo.
Por esa razón es que se torna cada vez más imperioso sentarse a discutir entre todos los actores del sistema la forma de no desfinanciar al sistema sanitario brindando todas las prestaciones que la población necesita con la calidad debida.

Discusión de aranceles

Por otra parte, también hay que recordar que el gobierno nacional, de un modo ostensible, ha dejado ya hace tiempo a los prestadores de salud librados a su suerte en lo que a remuneraciones profesionales se refiere.
Ya hace años que no se cumple con la ley vigente que dispone la negociación de aranceles entre los prestadores de salud y los financiadores con la intervención gubernamental, tal como ocurre, por ejemplo, en cualquier negociación paritaria en el Ministerio de Trabajo.
Esta última cuestión adquiere mayor gravedad aun en el caso de las relaciones de los profesionales de la salud con las empresas de medicina prepaga, tal como se viene advirtiendo desde distintas entidades.
El gobierno, más allá de las negociaciones que las partes pudieran sostener, tiene la obligación de determinar valores arancelarios mínimos y obligatorios, tal como lo dispone, en el caso de la medicina prepaga, la Ley 26.682, que regula esa actividad.
Esta norma, que se encuentra en plena vigencia, obliga a la Superintendencia de Servicios de Salud a convocar al Consejo Permanente de Concertación, marco en el cual se deben determinar los aranceles mínimos y obligatorios.
Dicho en otros términos, el gobierno obliga a los prestadores sanitarios a brindar, con justicia por supuesto, incrementos salariales a sus trabajadores, pero no hace lo mismo con quienes fijan las retribuciones de esos mismos efectores, incumpliendo gravemente con la legislación que se encuentra, insistimos, en plena vigencia.
La falta de observancia de la Ley 26.682 por parte del gobierno, por ejemplo, provoca una severa distorsión que se traduce en un incremento de la rentabilidad de las empresas de medicina prepaga en detrimento del valor de la retribución profesional.
Los números al respecto hablan por sí solos: entre 2005 y 2012 el valor de las cuotas de los prepagas subió en promedio un 494% mientras que durante el mismo periodo a los prestadores se les reconocieron mejoras solamente por un 222 por ciento, una brecha de más del cincuenta por ciento, sin que el gobierno actuara de modo alguno.

Demanda colectiva

En este marco de situación, en el que se ha dejado obrar casi a voluntad durante mucho tiempo, también hay que destacar que el panorama, con relación a las empresas de medicina prepaga comienza a complicarse porque la Corte Suprema de Justicia de la Nación por primera vez reconoció que las asociaciones de consumidores pueden iniciar acciones judiciales colectivas en representación de usuarios afectados por las subas unilaterales de las cuotas que cobran estas compañías.
De acuerdo a lo informado por un matutino de la ciudad de Buenos Aires, ese fallo de la Corte Suprema se registró “en el marco de una demanda que PADEC (Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor) presentó contra la prepaga Swiss Medical” para “reclamar por tres subas unilaterales que aplicó” la empresa.
El diario informó que “en 2004, PADEC recurrió a la Justicia porque entre 2002 y 2004 la prepaga les cobró a sus afiliados aumentos unilaterales, tal como estaba estipulado en el contrato en ese momento. Se trata de tres aumentos, del orden del 11% y del 12% que, de acuerdo a la demanda, habrían violado varias leyes, entre ellas la de Defensa del Consumidor y la de Emergencia Económica que prohíbe la actualización monetaria e indexación por precios. La Justicia de primera y segunda instancia le dio la razón a la prepaga: dijo que PADEC no podía presentar un recurso porque no era un problema de perjuicio colectivo. Pero la asociación interpuso, en 2007, un recurso extraordinario a la Corte. Ahora, casi siete años después, la decisión de la mayoría del máximo Tribunal –formada por los doctores Lorenzetti, Higthon de Nolasco, Fayt, Maqueda y Zaffaroni– la avala y reconoce el interés colectivo, al tiempo que ordena que la causa vuelva al juzgado de primera instancia, quien deberá resolver la cuestión de fondo, es decir si son arbitrarios o no los aumentos que aplicó la prepaga”.

 

Renovadas tratativas con las empresas prepagas


Se espera la mejora arancelaria del PAMI

Reunión de los directivos de FABA, FBA y Distritos

FABA junto a CEDIM en la reunión por las paritarias de la sanidad

CUBRA XII–2013

Distrito IV
El servicio es la principal tarea del dirigente

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