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Institucionales

Pago del Seguro Público
Importante logro gremial al finalizar el año 2015

Dr. Luis Alberto Scervino nuevo titular de la Superintendencia de Servicios de Salud

Finalmente y luego de los insistentes reclamos de la Federación Bioquímica, el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires efectivizó un pago equivalente casi a nueve meses del Seguro Público de Salud, prestación establecida por ley para la población bonaerense carente de cobertura de obra social.
Como ya se ha indicado desde estas mismas páginas, pese a que para 2015 la cartera sanitaria provincial aumentó el valor del Seguro Público de acuerdo a los valores reclamados por FABA, hasta el mes pasado no había efectivizado pago alguno correspondiente al año que termina.
El del Seguro Público es uno de los temas que la conducción de la Federación Bioquímica, junto a la Fundación Bioquímica, que sostiene el programa Prodytec, aspira a poder tratar a fondo con la Ministra de Salud, Dra. Zulma Ortiz, ya que no es posible que una prestación establecida por ley termine siendo virtualmente financiada por los bioquímicos.
Hay que recordar que los valores del Seguro se mantuvieron congelados durante mucho tiempo pese a la escalada inflacionaria. Y si se conceden aumentos pero los pagos no se concretan, la inflación termina carcomiendo el ingreso arancelario por las prestaciones de laboratorio brindadas a los beneficiarios de ese sistema.

CON OBRAS SOCIALES

Por otra parte, hay que decir que la Federación Bioquímica ha cerrado las negociaciones con la mayoría de las obras sociales, con respecto a los porcentajes del último tramo del incremento capitario pactado para 2015 y que en la mayoría de los casos se aplicará a partir de febrero próximo, tal como sucederá con la mejora salarial de los empleados de los laboratorios.
En líneas generales debe indicarse que, pese a que los porcentajes varían entre una obra social y otra, con todas ellas FABA ha acordado mejoras arancelarias y capitarias sobre la base de un piso del 32 por ciento, aplicado en tres tramos, exactamente igual que los sueldos de los trabajadores de nuestro sector. Con algunas mutuales, como se sabe, los acuerdos han sido incluso más significativos.
Estos últimos aumentos, debe insistirse, corresponden a la pauta arancelaria de 2015 y no son tenidos en cuenta para las negociaciones capitarias de 2016.

SUPERINTENDENCIA

Por otra parte, tal como se hizo público después del recambio presidencial y con el aval de Hugo Moyano, Luis Barrionuevo y Antonio Caló, la Superintendencia de Servicios de Salud, pasó a ser conducida por un dirigente cercano al secretario general del gremio de Obras Sanitarias José Luis Lingeri: Luis Alberto Scervino, médico experto en el financiamiento de las organizaciones de salud de los gremios y que acompañó a Lingeri cuando fue titular de la Administración Nacional del Seguro de Salud (Anssal) en el gobierno menemista.
Fuentes gremiales advirtieron que Scervino tiene "el compromiso de devolver a las obras sociales los 40.000 millones de pesos que hoy tiene el Fondo Solidario de Redistribución", organismo donde van los aportes obligatorios mensuales de los trabajadores registrados y que según los sindicatos obtiene por mes entre 25 y 30 mil millones de pesos. 
También se admitió que Scervino "se alinea con Macri para reunificar la CGT".
El nuevo titular de la Superintendencia, fue director médico de la Obra Social de Obras y Servicios Sanitarios y vicepresidente del Instituto de Investigación Sanitaria de la Seguridad Social de la CGT de Caló.

FALLO JUDICIAL

En un claro ejemplo de las desfinanciación progresiva que sufre el sistema sanitario de solidaridad social a raíz de fallos judiciales, la Justicia Federal de Rosario ordenó a una empresa de medicina prepaga y a una obra social abonar las cuotas del jardín de infantes a un niño de dos años que sufre un trastorno de desarrollo psicológico.
La medida fue dispuesta por la jueza Silvia Aramberri y beneficia a un niño que es afiliado a la prepaga Omint y a la Obra Social de Agentes de Lotería de la República Argentina (Osalara).
Las entidades se negaban a brindar la cobertura con el argumento de que las prestaciones educativas no son estrictamente de salud, por lo cual no les correspondería afrontar su costo. Pero Aramberri determinó que el niño, "que cuenta con certificado de discapacidad, es acreedor de las prestaciones enumeradas en la ley 24.901, entre las que se encuentran las de carácter educativo". Además, advirtió en su fallo que "la salud no se limita a la atención sanitaria sino que se trata de un concepto más amplio que la propia Organización Mundial de la Salud (OMS) define como un estado de completo bienestar 'bio-psico-social'".

 

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