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Institucionales

Accionar de FABA
ante el acuerdo paritario

Cuestionando la representatividad de CADIME, entidad que acordó el aumento salarial para los empleados de laboratorios, FABA en forma conjunta con CUBRA envío sendas cartas documento a la Sección Sanidad de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales, al Ministerio de Trabajo, a FATSA y a la Presidencia de la nación para denunciar una falta de representación en la mesa de negociación colectiva

Más allá de considerar justo el aumento salarial acordado para los trabajadores del sector, FABA cuestionó la irresponsabilidad de quienes atribuyéndose la representación de los laboratorios empleadores firmaron dicho acuerdo el 25 de agosto último de forma inconsulta y sin oponer argumentos contundentes referidos a la falta de recursos de los laboratorios para hacer frente a este incremento en los costos.
Para FABA resulta inaceptable quze ciertas entidades a las que considera “pseudorepresentantes” continúen integrando la paritaria, a pesar de estar integradas por un reducido número de laboratorios. Nuestra conducción advierte de esta situación a esos pocos colegas y los llama a recapacitar en el momento de brindar apoyos.
Cabe destacar que en contraposición con la actitud tomada por CADIME (Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico), tanto ADECRA, la entidad representante del sector de las clínicas, como CEDIM (Cámara de Entidades de Diagnóstico y Tratamiento Ambulatorio) se negaron a firmar el acuerdo paritario respectivo, defendiendo argumentos similares a los planteados por FABA.
Desde nuestra entidad ya comenzó el diálogo con cada uno de los financiadores con los cuales mantenemos convenios, buscando la recomposición necesaria de los aranceles vigentes.
La Federación Bioquímica de la provincia de Buenos Aires (FABA) en forma conjunta con la Confederación Bioquímica de la República Argentina (CUBRA) envió el 2 de septiembre pasado sendas cartas documento a los siguientes destinatarios: Dirección Nacional de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, FATSA y Presidencia de la Nación. A continuación se transcribe el texto del documento:

En conocimiento de la firma de un nuevo “acuerdo salarial”, celebrado con fecha 25 de Agosto de 2009, en el marco de la actividad Sanidad y CCT 108/75,
(que involucra en lo que nos compete, el  sector de los “laboratorios de análisis clínicos”) reiterándose una vez más la exclusión infudamentada, injustificada e inmmotivada del sector empresario de referencia, representantes mayoritarios de la especialidad (CUBRA -personería gremial 551/86, del 11 de Julio de 1986- FABA-CALAB) venimos a impugnar nuevamente un “acuerdo” que lesiona gravemente el derecho fundamental a la negociación colectiva y a la libertad sindical, manteniendo excluidos a la legítima y mayoritaria representación de los “laboratorios de análisis clínicos”.-
DENUNCIAMOS OMISIÓN INCONSTITUCIONAL REGLAMENTARIA.- Como es sabido, resulta obvia, la obsolescencia de la estructura negocial de la CCT 108/75, con las mismas entidades empresarias que suscribieron la misma hace casi 35 años, con el riesgo consumado de la falta de representatividad de algunas y de la incorporación de respetables oficios, de ajenidad absoluta a la especialidad de que se trata (chóferes, peluqueras y manicuras).-
El Estado ha hecho oídos sordos a nuestros permanentes reclamos (hicimos denuncia pública personal e institucional en oportunidad del plenario de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales, en 28 de Julio de 2005, donde concurrimos con nuestras máximas autoridades institucionales y personería debidamente acreditadas espontáneamente, ante la virtualidad de una nueva exclusión) y recurrimos administrativamente (expediente 1120319/05, con el apoyo institucional de CUBRA y CALAB) con resultado negativo.-

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ARGENTINO.- HOY ATACAMOS nuevamente  EL NUEVO ACUERDO SALARIAL Y DENUNCIAMOS GRAVE OMISION INCONSTITUCIONAL REGLAMENTARIA por parte del Estado de Derecho (Poder Ejecutivo) remiso en reglamentar el artículo 9º de la ley 25.877 (que modificó el 2º de la lay 14.250) debiendo por imperio legal fijar en la reglamentación el grupo o los grupos (no nos oponemos a una representación conjunta del sector empresario que naturalmente nos involucre) representantes del sector, en la mesa de negociación colectiva.-
En tal sentido ratificamos expresamente como antecedente inmediato, la impugnación al “acuerdo salarial” anterior del 16 de Julio de 2008, efectuada por nuestra máxima representación nacional, mediante carta documento del 22 de Julio de 2008.- Excluida y discriminada arbitrariamente ahora, en el “acuerdo salarial” del 25 de Agosto de 2009, nuestro grupo institucional empresario, reivindica una vez más su derecho a integrar la mesa paritaria del CCT 108/75, como medida administrativa inmediata, mientras el Poder Ejecutivo a través del Ministerio del ramo, purga su omisión inconstitucional reglamentaria respecto a las normas legales (leyes 14.250 y 25.877).-
Para una mejor ilustración de nuestros interlocutores, requerimos la designación de una inmediata audiencia con las autoridades de ése organismo, solicitando urgente resolución de la cuestión planteada, en cuanto lesiona el derecho fundamental de acceso a la negociación colectiva y a la libertad sindical y compromete gravemente la responsabilidad del Estado Nacional, por la omisión reglamentaria denunciada en la presente comunicación.-



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