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Diputados dio media sanción a la
ley que regula la medicina prepaga
El 27 de agosto pasado, la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de regulación del sistema de salud de medicina prepaga, que entre otros aspectos deja en manos del Estado los valores de las cuotas de los asociados. Las empresas, que dan cobertura a cuatro millones de afiliados deberán cubrir en todos sus planes el Programa Médico Obligatorio (PMO).



Cámara de Diputados debatiendo el proyecto de ley para la medicina prepaga.


El gobierno decidió impulsar un proyecto de ley para regular la actividad de las empresas de medicina prepaga, luego de que perdió vigencia un dictamen dado en Cámara de Diputados para una iniciativa similar hace dos años.
La iniciativa fue aprobada en general por 188 votos positivos y sólo una abstención la noche del 27 de agosto pasado y luego, tras la sanción del articulado, fue girada al Senado.
El proyecto, que fue presentado seis meses atrás por la diputada Patricia Vaca Narvaja (Frente para la Victoria – Córdoba), promueve la creación de una comisión oficial que deberá autorizar los aumentos de cuotas, y busca limitar el encarecimiento que sufren los planes de salud por razones de edad de los afiliados.
Los diputados de las comisiones de Acción Social y Salud Pública y de la Legislación General antes de acordar el proyecto escucharon a los presidentes de las tres cámaras que agrupan el sector: Jorge Aufiero de Cimara (Cámara de Instituciones Médico Asistenciales de la República Argentina), Pablo Giordano de Ademp (Asociación de Entidades de Medicina Privada), y Marcelo Mastrángelo de Acami (Asociación Civil de Actividades Médicas Integradas), quienes se manifestaron críticos ante el proyecto. Giordano sostuvo que debería abrirse la posibilidad de ofrecer coberturas parciales según las necesidades de los afiliados, lo que ampliaría el acceso al sistema. Mientras que un representante de Ademp y Acami, Hugo Magonza cuestionó los posibles impedimentos al aumento de las cuotas debido a que el servicio se encarece mediante leyes que suman cada vez más coberturas.
Por su parte, Claudio Belocopitt, vicepresidente de Cimara, indicó que “la regulación si no está bien hecha no es garantía de nada”, y sostuvo que hay que cuidar la viabilidad de las empresas.

Participación de prestadores

Mediante el artículo 27 del proyecto se crea una Comisión Permanente de Concertación con la participación de las entidades representativas de los prestadores. Además en los artículos 19 y 20 se introduce el concepto de “aranceles mínimos y obligatorios que deben asegurar el desempeño eficiente de los prestadores”, las sanciones en el caso de incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga y los modelos de contratos entre ambas partes.
Algunos prestadores señalaron que a partir de la desregulación de los sistemas de salud ocurrida a comienzos de la década del 90, hasta el momento no hubo ningún instrumento legal que dejara a resguardo el valor de los aranceles, quedando los mismos librados a las negociaciones entre las entidades. Sólo en los últimos años la Superintendencia de Servicios de Salud ha intervenido en el tema con resoluciones que no tuvieron carácter obligatorio.
El presidente de la comisión de Salud, Juan Sylvestre Begnis (Frente para la Victoria – Sante Fe), apuntó que “el único sector que carecía de una reglamentación fue el sector privado”, que da cobertura a cuatro millones de usuarios, situación que definió como “muy importante para la salud de nuestro país”. Pero añadió que el sector “liberado de regulación tuvo una serie de excesos y a su vez estafas a través del vaciamiento de sistema de prepago que dejaron a poblaciones enteras sin ningún tipo de protección ni alternativa” y recordó que desde 1983 a la fecha “han fracasado 49 proyectos” de ley para regular el sistema.
Afirmó además que la norma “contempla la regulación fundamentalmente protegiendo la salud de beneficiario pero para que también tenga un alto nivel de calidad” y que también apunta “a la prevención (de la salud) y a la protección de los prestadores”, sin descuidar “a las empresas de medicina prepaga” ante el avance de los juicios. El radical santacruceño Juan Acuña Kunz expresó el respaldo de su bloque al proyecto, recordó que ninguno de los proyecto anteriores tuvo la aceptación del actual y reconoció al oficialismo “la apertura de este texto del cual se pudo modificar más del 50 por ciento de lo que fue el proyecto en estos dos días”. Solo realizó un pedido a modo de crítica al gobierno al señalar que “no sea Superintendencia de Salud” la que actúe como autoridad de aplicación porque, a su entender, sería “darle superpoderes al superintendente”.
La socialista santafesina Mónica Fein respaldó la iniciativa al remarcar que la normativa implica “un proceso de definición de políticas públicas”, pero recordó que en la década del ‘90 las “prepagas compitieron” por la seguridad social y que ese proceso dejó “gran cantidad de obras sociales que hoy gestionan su funcionamiento por las prepagas”.

Modificaciones al proyecto original


El proyecto, que tuvo numerosas modificaciones de su versión original, contó con amplio consenso de todas las bancadas y en ese sentido hubo incluso reconocimiento tanto del oficialismo como de la oposición de dos diputadas que “trabajaron mucho en el tema”, como la kirchnerista y actual intendente de partido bonaerense de Luján, Gabriela Rosso, y la arista y actual gobernadora de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos. Entre las incorporaciones al texto, se sumó una propuesta del arista fueguino Leonardo Gorbacz en el sentido de tomar como beneficiarios ya como integrante del grupo familiar a “la persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no del mismo sexo y sus hijos”, es decir que reconoce a las parejas de homosexuales y de lesbianas.
También, establece la transferencia, previa mediación y conciliación, “en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades” de una empresa de medicina prepaga “de sus usuarios” a otras empresas inscriptas en Registro. Dispone, además, que “los usuarios pueden rescindir en cualquier momento el contrato celebrado, sin limitación y sin penalidad alguna, debiendo notificar fehacientemente esta decisión a la otra parte con treinta días de anticipación”, mientras las empresas sólo podrán “rescindir el contrato con el usuario cuando incurra, como mínimo, en la falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas”.
En el caso de “los usuarios mayores a sesenta y cinco (65) años que tengan la antigüedad mayor a diez años (en la empresa) no se les puede aplicar aumento en razón de su edad”, dispone, entre otros aspectos, el proyecto aprobado esta noche.
El superintendente de Servicios de Salud, Héctor Capaccioli, afirmó que el proyecto de ley regulatorio de la medicina privada es “a favor” del usuario pero también de las prepagas, ya que con “un marco regulatorio adecuado” habrá mayores garantías para “los empresarios que quieran invertir. Sostuvo que si se aprueba la iniciativa “definitivamente” se pondrá fin a los abusos que cometen algunas compañías, como el aumento sin control en los valores de las cuotas, y remarcó que “el poder tener un marco legal regulatorio para esta actividad puede despertar el interés de que surjan nuevas empresas de medicina prepaga que compitan libremente”.



La norma de 32 artículos deja en manos del Estado la fiscalización y control de los valores de las cuotas, así como el control del pago de las prestaciones realizadas por los hospitales públicos a los asociados de las prepagas, y el establecimientos de los mecanismos para receptar reclamos de usuarios y prestadores del sistema.

 

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