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Institucionales

El Pami mejoró la cápita pero no dio precisiones
Se ignora todavía cuál es el porcentaje del incremento que le corresponde al sector bioquímico. Carta a las autoridades del Instituto.

Tal como se había anticipado, el jueves 10 de enero, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, emitió una resolución a partir de la cual incrementó el valor de la cápita integral en el orden del 26 por ciento, llevándola de 40 a 50,50 pesos.
De todas maneras, y de algún modo sorpresivamente, el Pami omitió definir en esa resolución cómo va a afectar la mejora a cada sector de prestadores. Por eso, nadie sabe aún, a fines de enero, cuál va a ser el porcentaje que se aplicará a bioquímicos, médicos, odontólogos y demás efectores.
Desde la Federación Bioquímica reiteramos la necesidad de que la mejora para los bioquímicos bonaerenses no sea inferior al nivel del incremento de la cápita integral, es decir, que no se nos otorgue menos de un 26 por ciento de aumento.
Al Director Ejecutivo del Pami, doctor Luciano Di Césare, en una comunicación le hicimos referencia a esa aspiración, mientras que le recordamos que a comienzos del año pasado, el Pami dispuso un incremento de la cápita integral del 25 por ciento pero que a los bioquímicos nos tocó un porcentaje muy por debajo de ese índice, situación que no queremos que se repita ahora.
En la misma nota, se reclamó a la conducción central del Pami la actualización de las unidades de práctica del tercer nivel (alta complejidad) ya que los bajos valores actuales prácticamente hacen que no haya tasas de incentivo (excedentes de cápita). También se pidió la realización de una reunión para abordar la problemática en detalle.


LA CARTA

Seguidamente reproducimos la carta que las autoridades de la Federación Bioquímica cursaran al Pami central con relación a la mejora capitaria.
En la nota enviada a Di Césare se indica que "los prestadores inscriptos en el padrón de esta Federación se encuentran actualmente prestando servicios bioquímicos a los beneficiarios del Pami en virtud de los convenios firmados con las UGLs en el marco del Nuevo Modelo Prestacional, cuyas normativas encuadran dentro de las previsiones establecidas por el INSSJyP que, entre otras disposiciones, han ido determinando los valores cápita a abonar a los distintos prestadores".
"El último valor otorgado a la cápita general en diciembre de 2006, un porcentaje de la cual fue destinado a las prestaciones de análisis clínicos, tuvo fundamento en el aumento de los costos de recursos humanos motivados por la firma de nuevos acuerdos colectivos donde se pactaron subas salariales entre FATSA y las representaciones empresarias enmarcadas en los distintos Convenios Colectivos -108/75 para nuestro sector-. En virtud de ese incremento, la cápita general se elevó en un 25%, de $ 32 a $ 40, y la cifra destinada a los servicios bioquímicos quedó fijada en $ 2,48 que, a pesar de no ser uniforme el valor que dichos servicios tenían asignados en las distintas UGLs, en todos los convenios esa suba para los laboratorios fue muy por debajo del 25 por ciento concedido a la cápita general".
"Más allá de esta injusta situación, lo cierto es que siguió, durante el año 2007, el aumento de los insumos y reactivos, a lo que además debe agregarse el recrudecimiento inflacionario de la economía, que, en su carrera alcista, arrastró el precio de todos los elementos imprescindibles para el normal funcionamiento de los laboratorios, culminando el año anterior con otra recomposición salarial de los empleados de los Laboratorios Clínicos con un nuevo acuerdo paritario con un piso del 20%".
"Como podrá apreciarse a la luz del panorama descripto, los valores de cápita asignados al servicio de laboratorio comprometen seriamente a proseguir con una adecuada prestación bioquímica en resguardo de la salud de los jubilados y pensionados acentuándose esta situación con el atraso en el pago de las tasas de incentivo que tiene comprometido el INSSJyP que, para el caso de algunas UGLs data de varios meses".
"Así las cosas, exhortamos se contemple la especial situación que atraviesan los laboratorios de análisis clínicos en la coyuntura actual y, apelando a vuestro elevado criterio imbuido de razonabilidad y justicia, se resuelva una adecuación en el valor de la cápita asignada al sector bioquímico que coloque la retribución del servicio en su justa medida y que la misma sea retroactiva a diciembre de 2007".
"En otro orden de cosas cuando se ajustan los valores percibidos, en caso de superar las Tasas de Uso, el Pami ha asignado a cada una de las prácticas una cantidad de unidades pero hemos observado, y así lo hemos puesto en conocimiento de las respectivas UGLs, que en las prácticas, principalmente de Nivel III, la cantidad de unidades fijadas por el Pami son tan bajas que hace casi imposible superar las Tasas de Uso y como consecuencia de ello no se liquidan Tasas de Incentivo para el Nivel III. A título de ejemplo adjuntamos un listado de las prácticas a las cuales sugerimos actualizar la cantidad de unidades colocadas por Instituto".
"Sin otro particular, esperando una favorable recepción a esta solicitud para ampliar lo mencionado, saludamos a Ud. con nuestra mayor consideración".


NUEVO VALOR

En tanto, el Gobierno elevó el valor de la cápita por atención médica de jubilados y pensionados a 91,50 pesos, a partir del primero de enero de este año.
Desde abril de 2006, el valor de la cápita transferida a los agentes del sistema nacional del seguro de salud para la atención médica de jubilados y pensionados había pasado de 51,50 a 61,40 pesos.
Mediante la Resolución Conjunta de los ministerios de Economía, Trabajo y Salud 20/08, 80/08 y 12/08, publicada en enero en el Boletín Oficial, se fijó que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) transferirá automáticamente a los agentes un total de 91,50 por la atención de jubilados y pensionados.
Asimismo, se estableció un pago retroactivo de 81 pesos para el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2007.
"Aún mantiene su vigencia la Emergencia Sanitaria Nacional en virtud de la declaración de la Ley 26.204, habiéndose verificado por otra parte, un incremento de los costos médico-asistencial de la población en general y de los jubilados y pensionados, en particular", fundamentó la normativa.

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