Salud
Buenos Aires
Por ley 13.005 es obligatoria la detección de Chagas en las embarazadas

Los hospitales públicos y privados de la provincia de Buenos Aires están obligados, desde la víspera, a realizar análisis serológicos a las mujeres embarazadas, para determinar si padecen o no de mal de Chagas.  

Así lo establece la ley 13.005 que aparece publicada en el Boletín Oficial, que dispone, además, que la obligatoriedad alcanza a todo niño de madre chagásica recién nacido o de hasta un año de vida.

Determina, también, que si se detecta infección en el niño, sea o no de origen congénito, será de carácter obligatorio su atención y tratamiento antiparasitario específico para los establecimientos anteriormente mencionados.

Los hospitales deberán informar en un plazo de 60 días los casos de chagas a la autoridad de aplicación de la ley, que determinará el Poder Ejecutivo, y tendrán que registrar la enfermedad en la Libreta Sanitaria Materno-Infantil.

La ley obliga a los médicos que ejerzan la profesión en la provincia de Buenos Aires y evalúen clínicamente a una mujer en estado de gravidez y/o niño recién nacido, a exigir la correspondiente constancia médica de la realización de los exámenes serológico o parasitológico de la enfermedad.

En los fundamentos de la ley, se detalló que la enfermedad en el caso de los recién nacidos es curable en el 95 por ciento de los casos y que el costo del diagnóstico es de 1,50 pesos por embarazada y de un peso en el caso de los menores.

Fuente: La Nueva Provincia